January 12, 2024

Autoconsumo compartido: cómo funciona, cómo se reparte la energía y qué trámites exige

Actualizado: 20 octubre de 2026

El presidente de la comunidad escribe en el grupo de WhatsApp: «¿Hacemos lo de las placas o no?». Lleváis meses con el tema. Presupuestos, quién firma los papeles, cómo se reparte la luz entre vecinos. Nadie sabe dónde empieza ni dónde acaba el proceso.

Los números justifican la conversación. Imagina un bloque de 12 viviendas en Valencia con 20 kWp en la azotea: produce unos 30.000 kWh al año, unos 2.500 kWh por vecino. Si cada uno aprovecha la mitad de su parte a 0,14 €/kWh, son unos 175 € menos al año en su factura, antes de contar los excedentes.

El autoconsumo compartido lo hace posible, pero entre la votación en la junta y el primer kWh solar en la factura hay más pasos de los que parece. Aquí los tienes todos, con la normativa vigente en octubre de 2026.

Qué es el autoconsumo compartido y en qué se diferencia del individual

En el autoconsumo individual, cada vivienda tiene su instalación y consume lo que produce. En el autoconsumo compartido, también llamado autoconsumo colectivo, varios consumidores se asocian a una misma instalación y se reparten su producción mediante un acuerdo.

Piensa en un huerto comunitario. La tierra es de todos, pero cada vecino tiene asignado un porcentaje de la cosecha, pactado de antemano. Aquí la cosecha son kWh, y el porcentaje se llama coeficiente de reparto.

La figura existe desde 2019. El Real Decreto 244/2019 la reguló por primera vez, después de que el Real Decreto-ley 15/2018 eliminara el llamado «impuesto al sol». Desde entonces sirve para bloques de pisos, urbanizaciones de unifamiliares, polígonos industriales y locales comerciales que quieran sumarse.

Esquema para entender el autoconsumo compartido 

Así funciona el reparto de una instalación compartida entre varios vecinos.

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Esquema funcionamiento Autoconsumo Compartido
Esquema funcionamiento Autoconsumo Compartido

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Quién puede sumarse a un autoconsumo compartido: la regla de la proximidad

No basta con querer compartir. La instalación tiene que estar «próxima» a los puntos de consumo, y la normativa reconoce tres formas de cumplirlo.

Misma referencia catastral. Si generación y consumo comparten los 14 primeros dígitos de la referencia catastral, el requisito está cumplido. Es el caso típico del bloque con placas en su propia azotea.

Mismo centro de transformación. En baja tensión, también vale estar conectado al mismo transformador que la instalación. Así puede entrar, por ejemplo, el local del bajo o el edificio de enfrente.

Distancia máxima de 5 km. Es el criterio que más ha cambiado. El RD 244/2019 arrancó en 500 metros, el Real Decreto-ley 18/2022 lo subió a 1.000 metros para placas en cubierta y el Real Decreto-ley 20/2022 lo llevó a 2.000 metros, sumando suelo industrial y estructuras artificiales.

El salto definitivo llegó con el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, convalidado por el Congreso el 26 de marzo. Amplía el radio a 5.000 metros (5 km) para instalaciones fotovoltaicas o eólicas de hasta 5 MW.

Para hacerte una idea, Canals está a unos 4 km del centro de Xàtiva. Vecinos de barrios distintos, urbanizaciones dispersas o naves de un polígono a las afueras pueden compartir hoy una misma instalación.

Las tres modalidades del autoconsumo colectivo

Antes de firmar nada, la comunidad tiene que elegir qué pasa con la energía que nadie consume en el momento. Todos los participantes deben estar en la misma modalidad.

Sin excedentes. La instalación lleva un sistema antivertido que impide inyectar energía a la red. Lo que no se consume al instante se pierde, así que solo compensa si la instalación está muy ajustada al consumo del edificio o lleva baterías.

Con excedentes acogida a compensación simplificada. Lo que sobra se vierte a la red y se descuenta del término de energía en la factura de cada vecino. Exige fuente renovable y una potencia de hasta 100 kW. Es la opción más habitual en comunidades residenciales.

Con excedentes no acogida a compensación. Los excedentes se venden en el mercado eléctrico y el titular de la instalación actúa como productor, con sus obligaciones fiscales y administrativas. Tiene sentido en instalaciones grandes o con mucho vertido, no en un bloque de pisos típico.

Si quieres entrar en detalle en cómo funciona el vertido a red, lo explicamos en nuestra guía sobre instalaciones de autoconsumo conectadas a red.

La compensación simplificada tiene un límite que conviene conocer: el descuento nunca supera el coste de la energía que has comprado a la red ese mes. Lo que sobra por encima no se acumula para el mes siguiente, salvo que tu comercializadora ofrezca una batería virtual.

Cómo se reparte la energía: los coeficientes de reparto del autoconsumo compartido

Aquí se decide cuánto ahorra cada vecino. El coeficiente de reparto es el porcentaje de la producción que corresponde a cada participante, y la suma de todos debe dar siempre el 100%.

El reparto es contable, no físico. Los kWh no viajan por un cable distinto hasta tu piso. Cada hora, la distribuidora multiplica la producción por tu coeficiente y te asigna esa energía en la medición.

De tu parte, lo que coincide con tu consumo en esa hora deja de facturarse. Lo que no consumes en ese momento cuenta como excedente y se compensa al precio que fije tu contrato.

Coeficientes fijos. Cada vecino recibe el mismo porcentaje todas las horas del año. Son fáciles de pactar, por ejemplo a partes iguales o según la cuota de participación en la comunidad, pero no distinguen perfiles de consumo.

Coeficientes variables por hora. Desde la Orden TED/1247/2021 puedes fijar un porcentaje distinto para cada hora del año. Así, quien teletrabaja recibe más a mediodía y quien pasa el día fuera recibe más por la tarde.

Piensa en un piso donde la familia sale a las 8:00 y vuelve a las 19:00. Con un coeficiente fijo, casi toda su parte de mediodía se va a excedentes, que se pagan bastante peor que el kWh que dejas de comprar. Con coeficientes horarios, esa energía va al vecino que sí está en casa.

Hoy los coeficientes pueden modificarse cada cuatro meses, y el acuerdo debe firmarlo cada participante. Si tu comunidad tiene consumos muy estacionales, como apartamentos de playa ocupados solo en verano, planifica el reparto con eso en mente desde el principio.

Cómo tramitar el autoconsumo compartido con la distribuidora, paso a paso

La instalación puede estar terminada y el autoconsumo compartido seguir sin funcionar. El cuello de botella casi nunca está en el tejado: está en los papeles que llegan, o no llegan, a la distribuidora.

Paso 1: acuerdo en la junta. La comunidad aprueba la instalación y decide quién participa. Participar es voluntario: el vecino que no quiera no entra en el reparto.

Paso 2: legalización y CAU. La empresa instaladora tramita la instalación ante la comunidad autónoma, que la inscribe en el registro de autoconsumo. La distribuidora asigna el CAU (Código de Autoconsumo), el identificador que vincula la instalación con el CUPS de cada participante.

Paso 3: acuerdo de reparto. Cada participante firma un acuerdo con su CUPS, su NIF y su coeficiente. Los coeficientes se envían en un fichero con el formato que fija la normativa, y el conjunto debe sumar 1 en cada hora.

Paso 4: comunicación a la distribuidora. El acuerdo llega a la distribuidora, directamente o a través de la comercializadora de cada vecino. En instalaciones de hasta 100 kW, la comunidad autónoma traslada además a la distribuidora los datos de la instalación.

Paso 5: adaptación de cada contrato. La comercializadora de cada participante adapta su contrato a la modalidad elegida. Hasta que no lo hace, ese vecino no ve el autoconsumo en su factura.

Imagina una comunidad con la instalación terminada en mayo que no ve el primer descuento hasta octubre porque un CUPS estaba mal escrito en el fichero de coeficientes. Es un error frecuente y evitable: revisa cada CUPS contra la factura de cada vecino antes de enviar nada.

Cualquier alta o baja de participantes, como un vecino que vende el piso, obliga a enviar un acuerdo nuevo. Conviene dejar previsto en el acta cómo se gestionan esos cambios.

Qué cambia el RDL 7/2026 y qué está todavía por llegar

El Real Decreto-ley 7/2026 ya está en vigor y trae ventajas que puedes usar hoy. Otras mejoras que se leen en muchos artículos siguen siendo un borrador, y conviene no mezclarlas.

Deducción en el IRPF del 10% o el 20%. Es la novedad con más impacto en euros. Puedes deducirte el 10% de lo que pagues por una instalación de autoconsumo renovable en un inmueble de tu propiedad, y el 20% si la instalación está en un edificio de uso predominantemente residencial, que es el caso del autoconsumo compartido en un bloque.

La base máxima es de 5.000 € al año, descontadas las subvenciones, y puede incluir baterías. Si tu aportación a la instalación comunitaria es de 4.000 €, te deduces 800 € en la Renta de 2026, la que presentarás en 2027.

Ojo con el plazo: según la Agencia Tributaria, la instalación debe terminarse y pagarse dentro de 2026. Esta deducción no es compatible con la de obras de eficiencia energética para la misma instalación.

Gestor de autoconsumo. El decreto crea esta figura: una persona o empresa que representa a los participantes y hace las gestiones en su nombre ante distribuidora y comercializadoras. Para una comunidad de 30 vecinos, es la diferencia entre perseguir 30 firmas o tener un único interlocutor.

Compatibilidad de modalidades. Un mismo consumidor puede participar a la vez en su autoconsumo individual y en uno colectivo de proximidad. Antes había que elegir.

Bonificaciones municipales. Los ayuntamientos pueden aprobar rebajas de hasta el 50% en el IBI y de hasta el 95% en el ICIO para instalaciones solares. Son opcionales y cada municipio decide si las aplica, así que consulta las ordenanzas fiscales del tuyo.

Lo que todavía no está en vigor es el nuevo real decreto que actualiza el RD 244/2019. En octubre de 2026 el Gobierno lo tramita por vía de urgencia, y su borrador permitiría dar de alta un colectivo con el primer acuerdo recibido, cambiar coeficientes sin la firma de todos los vecinos y crear una modalidad de excedentes compartidos. Hasta que se publique en el BOE, rigen las reglas actuales.

Instalación solar en la azotea de un edificio de viviendas
Instalación solar en la azotea de un edificio de viviendas

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Con autoconsumo compartido, tu tarifa de luz importa más que antes

Activar el reparto no cierra la cuestión del precio. Cada participante mantiene su propio contrato de suministro, y ese contrato fija los dos precios que deciden cuánto ahorras de verdad.

El kWh que sigues comprando a la red. Las placas no producen de noche y en invierno dan bastante menos. Una parte de tu consumo seguirá llegando de la red al precio de tu tarifa.

El precio al que te compensan los excedentes. La energía que te asigna tu coeficiente y no consumes en ese momento se descuenta al precio que fija tu comercializadora. En mercado libre, ese precio cambia mucho de una compañía a otra.

Imagina un vecino al que le sobran 100 kWh al mes de su parte del reparto. Con una compensación de 0,05 €/kWh recupera 5 € al mes; con una de 0,10 €/kWh, 10 €. Son 60 € al año de diferencia con la misma instalación y el mismo coeficiente, solo por el contrato.

Compara tarifas de luz antes de activar tu autoconsumo compartido

El mejor momento para revisar tu tarifa es antes de que la distribuidora active el reparto. Así entras en el autoconsumo compartido con un contrato que valora bien tus excedentes.

Con el comparador de Tunergía subes tu factura y en un minuto ves qué tarifa te conviene. El análisis cruza tu factura con tus datos oficiales de consumo del SIPS del Ministerio: no estimamos, medimos. Y si decides cambiar, te acompañamos también después del cambio, que es cuando suelen aparecer las dudas con la compensación.

Si tu comunidad todavía está en la fase de presupuestos, también podemos ayudarte con el proyecto de instalación solar.

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Preguntas frecuentes sobre autoconsumo compartido

¿Cuántos vecinos hacen falta como mínimo?

La normativa no fija un mínimo: bastan dos participantes. Lo que cambia con el número es el reparto de costes fijos, como el proyecto, la legalización y los equipos de medida, que se diluyen entre más vecinos.

¿Tienen que participar todos los vecinos de la comunidad?

No. Participar es voluntario. Quien no se suma no paga la instalación ni recibe energía, y los coeficientes se reparten solo entre quienes sí participan.

¿Puede sumarse el local comercial del bajo?

Sí. Un local en el mismo edificio o conectado al mismo centro de transformación cumple el requisito de proximidad. Suele ser un buen socio, porque consume a mediodía, justo cuando más producen las placas.

¿Qué pasa si un vecino vende el piso?

El nuevo propietario puede incorporarse al acuerdo, pero cualquier alta o baja obliga a enviar un acuerdo de reparto nuevo a la distribuidora. Conviene dejar previsto en el acta cómo se gestiona la cuota del vecino que sale.

¿Cada cuánto se pueden cambiar los coeficientes de reparto?

Con la normativa vigente, cada cuatro meses. El borrador del nuevo real decreto de autoconsumo propone flexibilizarlo, pero hasta que se publique en el BOE rige el plazo actual.

¿Tenemos que tener todos la misma comercializadora?

No. Cada vecino puede mantener la suya. Eso sí, cada comercializadora debe adaptar su contrato, y el precio al que compensa los excedentes puede variar mucho entre compañías.

¿Las baterías entran en la deducción del IRPF de 2026?

Sí. La deducción del 10% o el 20% puede incluir sistemas de almacenamiento, siempre que la instalación se termine y se pague en 2026.

¿Puede quedarse la factura de luz a cero?

No. La compensación solo descuenta el término de energía. El término de potencia, el alquiler del contador y los impuestos se siguen pagando cada mes.

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